Curso gratis de Protocolo de Ouro Preto - Protocolo adicional al tratado de asunción sobre la estructura institucion
La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en adelante denominados "Estados Partes"; En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 del Tratado de Asunción, del 26 de marzo de 1991;
Conscientes de la importancia de los avances alcanzados y de la puesta en funcionamiento de la unión aduanera como etapa parÕmla construcción*del mercado común.
Reafirmando los principios y objetivös del dratado de Asunción y atentos a la necesidad de una consideración especial para los países y regiones menos desarrollados del Mercosur;
Atentos a la dinámica implícita en todo el proceso de integración y a la consecuente necesidad de adaptar la estructura institucional del Mercosur a las transformaciones ocurridas...